Resumen: La ley F.S. 847.0134 prohíbe que los establecimientos de entretenimiento para adultos que exhiban o vendan materiales dañinos para menores se encuentren a menos de 2,500 pies de una escuela. Esto incluye cualquier material obsceno o entretenimiento en vivo que... Vea puntos clave, implicaciones y preguntas frecuentes abajo.
Esta pagina resume la ley en lenguaje claro. Incluye una explicacion simple, puntos clave, implicaciones practicas, preguntas frecuentes, un widget para obtener un informe gratis del caso, y un video. Si usted fue detenido, citado o investigado, pequeños detalles pueden importar: fechas, testigos, video, y lo que dijo o firmo. Guarde documentos, escriba una linea de tiempo, y evite adivinar sus opciones sin ver el texto exacto y las excepciones. Para una evaluacion aplicada a sus hechos, consulte a un abogado local.
Informacion general. No es asesoramiento legal.
La ley F.S. 847.0134 prohíbe que los establecimientos de entretenimiento para adultos que exhiban o vendan materiales dañinos para menores se encuentren a menos de 2,500 pies de una escuela. Esto incluye cualquier material obsceno o entretenimiento en vivo que muestre conductas sexuales o desnudez. Las violaciones de esta ley son consideradas un delito grave de tercer grado.
En términos simples, esta ley significa que las reglas importan y se aplican incluso en situaciones estresantes. La ley F.S. 847.0134 prohíbe que los establecimientos de entretenimiento para adultos que exhiban o vendan materiales dañinos para menores se encuentren a menos de 2,500 pies de una escuela. En la práctica, esto afecta a las personas cuando hay una detención, una investigación, una acusación, o una negociación con la fiscalía. Lo que suele cambiar el resultado no es solo lo que pasó, sino cómo se documentó: reportes, fechas, testigos, video, y si la policía siguió los pasos correctos. Si usted está involucrado en un caso, guarde cualquier documento, anote una línea de tiempo, y no asuma que un detalle pequeño no importa. Si hay dudas sobre la interpretación, a veces el lenguaje exacto de la ley y las excepciones pueden ser clave, y eso se evalúa con un abogado local. Esta página es información general y no es asesoramiento legal.
En términos simples, esta ley significa que las reglas importan y se aplican incluso en situaciones estresantes. La ley F.S. 847.0134 prohíbe que los establecimientos de entretenimiento para adultos que exhiban o vendan materiales dañinos para menores se encuentren a menos de 2,500 pies de una escuela. En la práctica, esto afecta a las personas cuando hay una detención, una investigación, una acusación, o una negociación con la fiscalía. Lo que suele cambiar el resultado no es solo lo que pasó, sino cómo se documentó: reportes, fechas, testigos, video, y si la policía siguió los pasos correctos. Si usted está involucrado en un caso, guarde cualquier documento, anote una línea de tiempo, y no asuma que un detalle pequeño no importa. Si hay dudas sobre la interpretación, a veces el lenguaje exacto de la ley y las excepciones pueden ser clave, y eso se evalúa con un abogado local. Esta página es información general y no es asesoramiento legal.
Están prohibidos los materiales obscenos y cualquier exhibición que muestre desnudez o conductas sexuales.
Deben estar a más de 2,500 pies de cualquier escuela pública o privada.
La violación de esta ley se considera un delito grave de tercer grado, con penas específicas establecidas en la ley.
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