Si alguien no está de acuerdo con cómo se han decidido los derechos de agua, puede impugnarlo. Después de que pase el tiempo para impugnar, se organiza una audiencia para escuchar las quejas.
Imagina que Juan y María tienen derechos de agua sobre un arroyo. Juan no está de acuerdo con la decisión de la comisión sobre la cantidad de agua que le corresponde. Después de que termina el tiempo para impugnar, la comisión organiza una audiencia donde Juan puede expresar su opinión y la comisión decide sobre el asunto.
Fuente: Texas Water Code — 11.314
Una impugnación es cuando alguien se opone o cuestiona una decisión sobre quién tiene derecho a usar el agua de un arroyo o río.
La comisión enviará un aviso a todos los reclamantes de derechos de agua en la cuenca del río, siempre que sea posible identificarlos en sus registros.
Después de escuchar las impugnaciones, la comisión tomará una decisión basada en lo que se discuta en la audiencia.
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