Si un director de la junta se va, los demás pueden elegir a alguien nuevo para que ocupe su lugar. Si quedan menos de tres directores, deben hacer una elección especial para elegir más directores.
Imagina que en el distrito escolar de San Andrés, uno de los directores, la Sra. Pérez, renuncia. Los demás directores se reúnen y deciden nombrar a Juan como nuevo director para completar el tiempo que le quedaba. Sin embargo, si un día solo quedan dos directores, deben organizar una votación para que los residentes elijan a un nuevo director.
Fuente: Texas Special District Local Laws Code — 1006.056
Los directores restantes pueden nombrar a alguien para que ocupe el puesto vacante hasta que termine el periodo.
Los directores deben llamar a una elección especial para llenar las vacantes. Si no lo hacen, un juez puede obligarlos a hacerlo.
Cualquier votante o contribuyente del distrito puede solicitar al tribunal que ordene la convocatoria de una elección si los directores no lo hacen.
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