Si una cooperativa de crédito hace un pago a alguien que tiene derecho a dinero en una cuenta, ya no es responsable de ese dinero. Es como si le dijeran a la persona: 'Ya te pagué, así que no me debes nada más por eso'.
Imagina que Juan tiene una cuenta de ahorros en una cooperativa de crédito y ha nombrado a su hermana Ana como beneficiaria. Si la cooperativa le paga a Ana una parte del dinero de la cuenta, Juan ya no puede reclamar ese monto, ya que el pago libera a la cooperativa de cualquier responsabilidad sobre esa cantidad.
Fuente: Texas Finance Code — 125.306
Los beneficiarios son las personas que tienen derecho a recibir dinero de una cuenta fiduciaria, como familiares o amigos designados por el titular de la cuenta.
No, si la cooperativa de crédito ya pagó a un beneficiario, no puedes reclamar esa parte del dinero, porque el pago libera a la cooperativa de cualquier obligación.
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