Si un socio de una empresa no puede trabajar porque no está bien, su representante puede tomar su lugar. Pero solo es responsable por lo que el socio tenía en la empresa y sus bienes.
Imagina que Luis y Marta son socios en una tienda. Si Luis se enferma y no puede tomar decisiones, su tutor legal, Ana, puede actuar por él. Ana solo será responsable de lo que Luis aportó a la tienda y de los bienes que Luis tenía bajo su custodia.
Fuente: Texas Estates Code — 1151.154
Si un socio no puede actuar, su guardián puede representarlo en la sociedad, pero solo con los recursos que el socio incapacitado tenía.
No, el guardián solo es responsable de lo que el socio incapacitado aportó y los bienes que tiene bajo su control. No es responsable por su propia negligencia.
Negligencia significa que si el guardián comete un error en su manejo, podría ser responsable por eso, pero no por las acciones del socio incapacitado.
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