Cuando varias personas tienen una cuenta bancaria conjunta, el dinero pertenece a cada uno según lo que hayan aportado. Si alguien pone más dinero, tiene más derecho a esa cuenta, a menos que se demuestre lo contrario.
Imagina que Juan y María abren una cuenta conjunta. Juan aporta $300 y María $200. Si deciden cerrar la cuenta, Juan tiene derecho a recibir $300 y María $200, a menos que hayan acordado algo diferente.
Fuente: Texas Estates Code — 113.102
Esa persona tendrá más derecho a la cuenta, pero es importante que haya un acuerdo claro entre ambos sobre cómo se manejarán esos aportes.
Sí, siempre que ambas partes estén de acuerdo y haya evidencia clara de que se desea hacer un cambio.
El dinero en la cuenta se manejará de acuerdo con lo que se haya acordado previamente o según la ley, que puede afectar la parte del fallecido.
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