Cuando alguien no puede cuidar de sí mismo, el juez puede nombrar a un guardián. Pero, antes de decidir, tiene que preguntar a esa persona qué quiere y tratar de respetar su elección.
Imagina que Juan sufre un accidente y no puede tomar decisiones. Antes de que el juez elija a su hermana Ana como su guardiana, debe preguntarle a Juan si prefiere a alguien más, como su amigo Pedro, para que lo cuide.
Fuente: Texas Estates Code — 1104.002
Si la persona no puede comunicar su preferencia, el juez tomará en cuenta otros factores, como su historial y relaciones familiares.
El juez debe hacer un esfuerzo razonable para considerar la preferencia, pero no siempre está obligado a seguirla si hay otras razones importantes.
Si hay una designación previa, el juez también la tomará en cuenta al decidir, aunque aún debe considerar la preferencia actual de la persona incapacitada.
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