Si alguien cuida a un niño con discapacidad y necesita ser su guardián cuando crezca, puede pedirle al juez que lo nombre sin hacer una audiencia. Esto es más rápido y sencillo si ya hay un acuerdo previo sobre cómo se cuida al niño.
Imagina que Ana ha sido la conservadora de su hijo Lucas, que tiene una discapacidad. Cuando Lucas cumple 18 años, Ana puede pedirle al juez que la nombre guardiana de él sin tener que hacer una audiencia, ya que ha estado cuidándolo desde pequeño y se conoce su situación.
Fuente: Texas Estates Code — 1103.002
Ser conservador implica tener la responsabilidad legal de cuidar y tomar decisiones por una persona que no puede hacerlo por sí misma, como un niño o un adulto incapacitado.
No es obligatorio tener un abogado, pero se recomienda para asegurarse de que todos los documentos estén bien preparados y se sigan los pasos correctamente.
Si el juez no acepta la solicitud, generalmente se informará sobre las razones y se pueden hacer cambios o presentar más pruebas para intentar nuevamente.
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