Si alguien cuestiona tu solicitud, debes ser notificado sobre cuándo y dónde se llevará a cabo la audiencia. Esto tiene que suceder dentro de dos días después de que pidieron la audiencia.
Imagina que Juan presentó una solicitud para registrarse para votar, pero María la impugna. El registrador tiene que enviarle a Juan un aviso por escrito sobre cuándo y dónde se llevará a cabo la audiencia sobre su solicitud, y debe hacerlo dentro de dos días después de que María hizo la impugnación.
Fuente: Texas Election Code — 13.078
Si no recibes la notificación dentro del plazo establecido, podrías tener derecho a impugnar la validez de la audiencia.
La notificación debe incluir la fecha, hora y lugar de la audiencia para que puedas asistir.
No, esta sección no se aplica a las audiencias que se llevan a cabo bajo una disposición específica mencionada en la ley.
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