Si un miembro del consejo escolar se va, los otros pueden elegir a alguien nuevo hasta la próxima elección. Si queda mucho tiempo en su puesto, deben hacerlo rápido, en menos de 180 días.
Imagina que en el consejo escolar de la Escuela Secundaria San Juan, el miembro Pedro renuncia. Los demás miembros deciden nombrar a Ana para que ocupe su lugar hasta la próxima elección en mayo. Como aún queda más de un año en el cargo de Pedro, deben hacerlo antes de que pasen 180 días desde su renuncia.
Fuente: Texas Education Code — 11.060
Los otros miembros del consejo pueden nombrar a alguien para que lo reemplace hasta la próxima elección.
Si queda más de un año en el término, deben llenar la vacante en menos de 180 días desde que ocurrió.
Sí, el consejo escolar puede decidir hacer una elección especial en lugar de nombrar a alguien.
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