Los miembros de la junta son elegidos por seis años, y cada dos años se renuevan tres de ellos. Si alguien deja su puesto antes de tiempo, el gobernador elige a alguien nuevo para llenar ese espacio.
Imagina que en una escuela de Texas, el miembro de la junta, Juan, renuncia un año antes de que termine su mandato. El gobernador, con el apoyo del senado, elige a María para ocupar su puesto, asegurando que la escuela siga teniendo una junta completa.
Fuente: Texas Education Code — 109.003
Cada miembro tiene un mandato de seis años, y se renuevan parcialmente cada dos años.
El gobernador hace la nominación, pero necesita la aprobación del senado para que sea oficial.
Si un miembro deja su puesto, se debe nombrar a alguien nuevo para completar el tiempo restante de su mandato.
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