Si alguien comete un error y el juez le dice que haga servicio comunitario, hay reglas sobre cómo debe hacerlo. Debe ser supervisado y no puede hacer muchas horas si eso le causa problemas a su familia.
Imagina que Juan recibió una multa y el juez le ordenó hacer 40 horas de servicio comunitario. La organización donde lo envían debe supervisarlo y asegurar que cumpla con sus horas, pero no puede hacer más de 16 horas a la semana para no afectar su trabajo y familia.
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Fuente: Texas Code of Criminal Procedure — 14.06[3/4]
Un juez puede ordenar un máximo de 16 horas de servicio comunitario por semana, a menos que determine que hacer más horas no le causará problemas al condenado o su familia.
Si no puedes cumplir con el servicio comunitario, es importante que hables con tu abogado o el juez para ver qué opciones tienes, ya que podrías enfrentar consecuencias.
En general, las personas o entidades que supervisan el servicio comunitario no son responsables de daños, siempre y cuando actúen bajo orden del juez y no de manera negligente.
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