Si alguien compra un pedazo de una empresa, no tiene que preocuparse por las deudas de la empresa hasta que se convierta en socio oficial. Si se convierte en socio, solo es responsable de lo que sabía y de lo que se acordó por escrito.
Imagina que Laura tiene una parte de una tienda de ropa y decide vender su participación a Carlos. Hasta que Carlos no se convierta en socio oficial, no tiene que preocuparse por las deudas que Laura tenía. Una vez que Carlos se convierte en socio, solo tiene que cumplir con las obligaciones que le informaron y que están en el acuerdo escrito.
Fuente: Texas Business Organizations Code — 153.254
Si el cesionario no estaba al tanto de las deudas al convertirse en socio, no es responsable de esas obligaciones. Solo se hace responsable de lo que se acordó en el contrato.
No, el cesionario solo tiene que realizar los aportes si se convierte en socio y así lo establece el acuerdo de la sociedad.
No, un cesionario no puede ser demandado por las deudas de la sociedad hasta que no se convierta en socio oficial, a menos que haya incumplido algún acuerdo escrito.
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