Esta ley dice que los distribuidores de bebidas no pueden pagar por anuncios o promociones a menos que tengan un acuerdo directo con el lugar donde se realiza el evento. Es como si un amigo no pudiera pagar por tu entrada a un concierto a menos que lo haya acordado directamente con el lugar.
Imagina que Carlos, dueño de un bar, quiere promocionar un concierto en su local. Si Juan, un distribuidor de cervezas, quiere ayudar a pagar la publicidad, debe tener un contrato directo con Carlos o ser parte de un acuerdo ya firmado entre Carlos y la cervecera. De lo contrario, no se puede hacer.
Fuente: Texas Alcoholic Beverage Code — 108.77
Solo puedes hacerlo si tienes un contrato directo con el lugar del evento o si estás incluido en un acuerdo entre el fabricante de la bebida y el lugar.
La ley no menciona penalidades específicas, pero incumplirla podría llevar a problemas legales o a la pérdida de licencias.
Solo los distribuidores que tengan un acuerdo directo con el lugar o que estén involucrados en un contrato con el fabricante pueden cubrir esos costos.
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