Envío del certificado de título al titular del primer gravamen o propietario

SC Chapter t56c019 · 56-19-340

Explicación Simple

Cuando compras un auto y lo financias, el banco pone un gravamen. Esta ley dice que el certificado que prueba que eres dueño del auto se envía al banco primero, o a ti si no hay banco.

Es como si comprases una bicicleta a plazos. La tienda guarda el recibo hasta que termines de pagar. Si pagas todo, te dan el recibo; si no, se lo envían a la tienda.

Ejemplo Práctico

Imagina que María compra un coche y pide un préstamo al banco. Según esta ley, el certificado de título del coche se envía primero al banco, que es quien tiene el gravamen. Si el banco no está involucrado, el certificado se envía directamente a María.

Texto Original del Estatuto (Inglés)

SECTION 56-19-340. Certificate mailed to first lienholder or, if none, to owner. The certificate of title must be mailed to the first lienholder named in it or given to the lienholder's authorized agent or, if none, to the owner. HISTORY: 1962 Code SECTION 46-150.13; 1957 (50) 595; 1963 (53) 161; 1996 Act No. 459, SECTION 236.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un gravamen?

Un gravamen es un derecho que tiene una entidad, como un banco, sobre un bien hasta que se pague una deuda, como un préstamo de auto.

¿Qué pasa si no tengo un gravamen?

Si no tienes un gravamen, el certificado de título se enviará directamente a ti como propietario del vehículo.

¿Puedo recibir el certificado de título en persona?

No, la ley establece que se debe enviar por correo al gravamen o al propietario, no se entrega en persona.

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