Establecimiento de límites de velocidad y señales de tráfico en caminos privados

SC Chapter t56c005 · 56-5-6340

Explicación Simple

Si tienes un camino privado, tú y otros dueños pueden decidir qué tan rápido se puede manejar ahí. Deben pedir permiso al sheriff y luego poner señales para que todos lo sepan.

Es como cuando decides poner reglas en tu casa, como no correr por los pasillos. Necesitas que todos en casa estén de acuerdo y que lo sepan para evitar accidentes.

Ejemplo Práctico

Imagina que Juan y María son dos de los cinco dueños de un camino privado en su barrio. Ellos proponen un límite de velocidad de 25 mph y piden permiso al sheriff. Una vez que obtienen la aprobación, colocan señales de tráfico para que todos los que usen el camino lo respeten.

Texto Original del Estatuto (Inglés)

SECTION 56-5-6340. Establishment of speed limits and traffic control signs. The speed limits and location of traffic control signs on private roads subjected to the Uniform Act Regulating Traffic pursuant to Section 56-5-6310 shall be established as follows: (a) The owner of the private roads or both owners, or a majority of the owners, as the case may be, shall submit proposed speed limits and proposed locations for traffic control signs to the sheriff of the county in which the roads are situate and shall obtain the sheriff's written approval of such speed limits and traffic control signs. Such approval shall be filed with the clerk of court or register of deeds and the affected roads then posted by signs identical or similar to those used on public roads. (b) After filing with the clerk or register such speed limits and traffic control signs shall become effective as soon as they are posted on signs and thereafter may be enforced by the State Highway Patrol, officers of the sheriff's department and state constables appointed by the Governor, in addition to any other persons having authority to take out warrants or make arrests. HISTORY: 1978 Act No. 518 SECTION 4.

Preguntas Frecuentes

¿Quién puede proponer los límites de velocidad en caminos privados?

Los dueños del camino, ya sea uno solo o la mayoría, pueden proponer límites de velocidad.

¿Qué se necesita para que los límites de velocidad sean válidos?

Se necesita la aprobación por escrito del sheriff y luego colocar las señales correspondientes en el camino.

¿Quién puede hacer cumplir estas reglas en los caminos privados?

La Policía Estatal, los oficiales del sheriff y otros agentes de autoridad pueden hacer cumplir las reglas una vez que están publicadas.

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