En Carolina del Sur, todos los vehículos, incluso los que son tirados por animales, deben tener luces. Necesitan una luz blanca que se vea de lejos al frente y una luz roja que se vea atrás para que otros conductores los vean.
Es como cuando usas una linterna en la oscuridad; si no la enciendes, la gente no te verá y podría chocar contigo.
Imagina que Juan está manejando su tractor en la carretera al atardecer. Para asegurarse de que los otros conductores lo vean, tiene una luz blanca al frente y una luz roja detrás. Así, todos pueden verlo desde lejos y evitar accidentes.
SECTION 56-5-4650. Lamps on other vehicles and equipment. All vehicles, including animal-drawn vehicles and implements of husbandry, road machinery or farm tractors and other vehicles not otherwise specifically required to be equipped with lamps, shall at the times specified in Section 56-5-4450 be equipped with at least one lighted lamp or lantern exhibiting a white light visible from a distance of five hundred feet to the front of such vehicle and with a lamp or lantern or reflector exhibiting a red light visible from a distance of five hundred feet to the rear. HISTORY: 1962 Code SECTION 46-540; 1952 Code SECTION 46-540; 1949 (46) 466.
Sí, todos los vehículos, incluyendo los de carga y agrícolas, deben tener luces que se vean de lejos para la seguridad en la carretera.
Se requiere una luz blanca al frente y una luz roja atrás, ambas visibles desde al menos 500 pies.
No cumplir con estos requisitos puede poner en riesgo tu seguridad y la de otros en la carretera, pero la ley no especifica penalidades en este caso.
¿Necesita ayuda para analizar su caso?
Seguir Investigando →