Si alguien es acusado de romper las reglas de tránsito, se pueden usar copias de informes para mostrar si ya ha tenido problemas antes. Estas copias deben ser firmadas por una persona del departamento de vehículos. Si el acusado acepta que sí, no se hablará de sus problemas pasados en el juicio.
Es como cuando un jugador de fútbol recibe una tarjeta amarilla. Si acepta que tiene una falta previa, el árbitro no necesita recordar todas sus faltas anteriores durante el partido.
Imagina que Juan es detenido por manejar bajo la influencia del alcohol. En su juicio, el fiscal presenta un informe que muestra que Juan ya había sido condenado por lo mismo antes. Sin embargo, como Juan acepta que es un segundo delito, el juez no puede mencionar sus condenas pasadas, solo se enfoca en el nuevo cargo.
SECTION 56-5-2980. Copies of reports as prima facie evidence of certain matters; effect of stipulating subsequent offense. In all trials and proceedings in any court of this State in which the defendant is charged with a violation of Section 56-5-2920, 56-5-2930, or 56-5-2933, photostatic, optical disk, or other copies of the reports required to be filed with the Department of Motor Vehicles pursuant to Section 56-5-2970 shall be deemed prima facie evidence of the information contained on such reports for the purpose of showing any previous conviction of the defendant in any other court. Copies of the reports must be duly certified by the director of the department or his designee as true copies. If the defendant stipulates that the charge constitutes a second or subsequent offense, the indictment shall not contain allegations of prior offenses and evidence of such prior offenses must not be introduced. HISTORY: 1962 Code SECTION 46-349; 1953 (48) 222; 1996 Act No. 459, SECTION 185; 2000 Act No. 390, SECTION 26.
Los informes que deben presentarse son aquellos del Departamento de Vehículos Motorizados, que pueden ser copias fotostáticas u otras. Deben estar firmados como copias verdaderas por un director o su representante.
Si no aceptas que es un segundo delito, entonces las condenas anteriores pueden ser presentadas como evidencia en tu juicio.
Significa que las copias de los informes se aceptan como evidencia válida a primera vista, es decir, se considera que son ciertas hasta que se demuestre lo contrario.
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