Cuando alguien es acusado de un crimen, a veces se necesita mencionar documentos. Esta ley dice que no es necesario mostrar el documento completo, solo se puede nombrar o describir de qué se trata para que se entienda.
Es como si estás contando a un amigo sobre una película. No necesitas decirle cada línea del guion, solo mencionas el título y de qué trata la historia.
Imagina que Juan es acusado de fraude. En el juicio, el fiscal menciona un contrato sin mostrar una copia. Solo dice que es un contrato de compra que Juan firmó, lo que es suficiente para que todos entiendan de qué se habla.
SECTION 17-19-50. Averments of instrument of writing, print or figures in indictment. In all cases whatsoever in which it shall be necessary to make any averment in any indictment as to any instrument, whether the instrument consists wholly or in part of writing, print or figures, it shall be sufficient to describe such instrument by any name or designation by which it may be usually known or by the purport thereof and in such manner as to sufficiently identify such instrument without setting out any copy or facsimile of the whole or any part thereof. HISTORY: 1962 Code SECTION 17-405; 1952 Code SECTION 17-405; 1942 Code SECTION 1009; 1932 Code SECTION 1009; Cr. P. '22 SECTION 95; Cr. C. '12 SECTION 88; Cr. C. '02 SECTIONS 61, 62; R. S. 60, 61; 1887 (19) 829.
Se pueden mencionar cualquier tipo de documentos, ya sean escritos, impresos o gráficos. Lo importante es que se identifiquen claramente sin necesidad de mostrar una copia.
No, no es necesario mostrar el documento completo. Solo se requiere una descripción que permita identificarlo.
Si el documento no se describe adecuadamente, podría haber confusión en el juicio, pero no necesariamente invalidaría la acusación.
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