Esta ley dice que no se puede publicar el nombre de alguien que ha sufrido un delito sexual. Hacerlo es un delito y puede llevar a multas o a ir a la cárcel.
Es como si alguien compartiera un secreto muy doloroso de un amigo sin su permiso; eso no solo es irrespetuoso, sino que también puede causar mucho daño.
Imagina que Ana fue víctima de un delito sexual y su nombre aparece en un artículo de un periódico local. El periodista, al hacerlo, podría ser multado o incluso pasar tiempo en la cárcel por violar esta ley.
Multa de hasta mil dólares o prisión de hasta tres años.
SECTION 16-3-730. Publishing name of victim of criminal sexual conduct unlawful. Whoever publishes or causes to be published the name of any person upon whom the crime of criminal sexual conduct has been committed or alleged to have been committed in this State in any newspaper, magazine or other publication shall be deemed guilty of a misdemeanor and, upon conviction thereof, shall be punished by a fine of not more than one thousand dollars or imprisonment of not more than three years. The provisions of this section shall not apply to publications made by order of court. HISTORY: 1962 Code SECTION 16-81; 1952 Code SECTION 16-81; 1942 Code SECTION 1275; 1932 Code SECTION 1275; Cr. C. '22 SECTION 170; Cr. C. '12 SECTION 317; 1909 (26) 208; 1979 Act No. 23.
Si alguien publica el nombre de una víctima sin su consentimiento, puede ser acusado de un delito menor y enfrentar multas o prisión.
Sí, la ley no se aplica a las publicaciones realizadas por orden de un tribunal.
Es importante buscar apoyo legal y comunicarte con organizaciones que te ayuden a mantener tu privacidad y seguridad.
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