Si alguien te identifica sin testificar, tú o tu abogado tienen derecho a ver los resultados de esas pruebas. Esto debe suceder tan pronto como estén listos.
Es como cuando estás en una competencia y te dicen que has ganado, pero no te muestran el certificado de triunfo hasta que les pides verlo.
Imagina que Juan fue identificado en un caso de robo, pero no tuvo la oportunidad de ver los resultados de la identificación. Según esta ley, Juan o su abogado deben recibir esos informes tan pronto como estén disponibles para entender mejor su situación.
§ 15A-282. Copy of results to person involved. A person who has been the subject of nontestimonial identification procedures or his attorney must be provided with a copy of any reports of test results as soon as the reports are available. (1973, c. 1286, s. 1.) §
Son métodos utilizados por la policía para identificar a una persona sin que esta tenga que declarar como testigo. Esto puede incluir fotos o muestras de voz.
La ley establece que debes recibir el informe tan pronto como esté disponible. No hay un tiempo específico mencionado, pero debe ser rápido.
Si no recibes el informe, puedes hablar con tu abogado para que te ayude a exigirlo legalmente.
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