Cuando la policía confisca algo de una persona o un lugar, deben escribir un recibo que detalle lo que tomaron. Si están con la persona, le dan el recibo; si no, lo dejan donde tomaron las cosas.
Es como cuando un amigo toma prestado tu libro y te deja una nota diciendo qué libro se llevó. Así, sabes exactamente qué le prestaste.
Imagina que la policía llega a la casa de Juan con una orden de registro y se lleva varias cosas. El oficial le entrega a Juan un recibo con la lista de los objetos que tomaron. Si Juan no estuviera en casa, el oficial dejaría el recibo en su puerta.
§ 15A-254. List of items seized. Upon seizing items pursuant to a search warrant, an officer must write and sign a receipt itemizing the items taken and containing the name of the court by which the warrant was issued. If the items were taken from a person, the receipt must be given to the person. If items are taken from a place or vehicle, the receipt must be given to the owner, or person in apparent control of the premises or vehicle if the person is present; or if he is not, the officer must leave the receipt in the premises or vehicle from which the items were taken. (1973, c. 1286, s. 1.)
No recibir un recibo puede ser un problema, ya que no tendrás un comprobante de lo que se llevó la policía. Puedes pedirle al oficial que te entregue uno en el momento.
Si no estás presente, el oficial debe dejar el recibo en el lugar de donde se tomaron los objetos, como tu casa o vehículo.
El recibo debe incluir una lista de los objetos incautados y el nombre del tribunal que emitió la orden de registro.
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