Si alguien viaja con la intención de cometer un delito sexual y lo hace, puede ser juzgado en el lugar donde empezó o terminó ese viaje. Esto ayuda a que la justicia se aplique en el lugar correcto.
Es como si fueras a un restaurante en otra ciudad solo para comer un platillo específico. Si te enfermas después de comer, puedes quejarte en la ciudad donde comiste, no en tu casa.
Imagina que Juan viaja de Raleigh a Charlotte con la intención de hacerle daño a alguien. Si comete el delito en Charlotte, puede ser juzgado allí, aunque él haya comenzado su viaje en Raleigh.
§ 15A-136. Venue for sexual offenses. If a person is transported by any means, with the intent to violate any of the provisions of Article 7B of Chapter 14 (§ 14-27.20 et seq.) of the General Statutes and the intent is followed by actual violation thereof, the defendant may be tried in the county where transportation was offered, solicited, begun, continued or ended. (1979, c. 682, s. 2; 2015-181, ss. 19, 47.) §
Puedes ser juzgado en cualquier condado donde se haya ofrecido, solicitado, comenzado, continuado o terminado el transporte relacionado con el delito.
Si el delito ocurre en otro estado, entonces las leyes de ese estado se aplican, y podrías ser juzgado allí.
El 'transporte' se refiere a cualquier medio de traslado, ya sea en auto, bus, avión, etc., que se use para moverse entre lugares con la intención de cometer un delito.
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