Si una persona contrata a un menor para hacer un trabajo y no le paga después de que lo termine, eso es ilegal. Esto se hace para proteger a los jóvenes de ser engañados y no recibir su dinero.
Es como si un amigo te pide ayuda para organizar una fiesta y promete pagarte después. Si haces todo el trabajo y él no te da el dinero, eso no está bien y podría meterse en problemas.
Imagina que Juan tiene un taller de carpintería y contrata a un menor llamado Luis para que le ayude a hacer muebles. Luis trabaja duro durante una semana, pero cuando termina, Juan se niega a pagarle lo que acordaron. En este caso, Juan estaría violando la ley al no pagar a Luis por su trabajo.
El incumplimiento puede resultar en ser acusado de un delito menor de Clase 3.
§ 14-321. Failing to pay minors for doing certain work. Whenever any person, having a contract with any corporation, company or person for the manufacture or change of any raw material by the piece or pound, shall employ any minor to assist in the work upon the faith of and by color of such contract, with intent to cheat and defraud such minor, and, having secured the contract price, shall willfully fail to pay the minor when he shall have performed his part of the contract work, whether done by the day or by the job, the person so offending shall be guilty of a Class 3 misdemeanor. (1893, c. 309; Rev., s. 3428a; C.S., s. 4446; 1993, c. 539, s. 224; 1994, Ex. Sess., c. 24, s. 14(c).)
Esta ley se aplica a trabajos donde un menor ayuda en la fabricación o cambio de materiales, usualmente bajo un contrato. Cualquier trabajo que involucre un acuerdo de pago está incluido.
La ley se centra en el incumplimiento del pago por parte del empleador hacia el menor. Si el menor no cumple, eso podría ser un tema diferente, pero no justifica el no pago.
La persona que no paga puede ser acusada de un delito menor de Clase 3, lo que puede resultar en una multa o en otras sanciones legales.
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