Esta ley dice que no puedes hacer protestas o desfiles cerca de los juzgados o de las casas de jueces y testigos. Si lo haces con la intención de molestar o influir en ellos, puedes tener problemas legales.
Es como intentar jugar en el patio de alguien sin su permiso; si te metes en su espacio y lo interrumpes, te pueden pedir que te vayas.
Imagina que Juan decide hacer una protesta frente al juzgado donde se está llevando a cabo el juicio de su vecino. Si Juan se acerca a menos de 300 pies del juzgado para gritar y hacer ruido con un altavoz, podría ser acusado de un delito por interferir en la administración de justicia.
Si se te acusa y te declaran culpable, podrías enfrentar un delito menor de Clase 1.
§ 14-225.1. Picketing or parading. Any person who, with intent to interfere with, obstruct, or impede the administration of justice, or with intent to influence any justice or judge of the General Court of Justice, juror, witness, district attorney, assistant district attorney, or court officer, in the discharge of his duty, pickets, parades, or uses any sound truck or similar device within 300 feet of an exit from any building housing any court of the General Court of Justice, or within 300 feet of any building or residence occupied or used by such justice, judge, juror, witness, district attorney, assistant district attorney, or court officer, shall upon plea or conviction be guilty of a Class 1 misdemeanor. (1977, c. 266, s. 1; 1993, c. 539, s. 138; 1994, Ex. Sess., c. 24, s. 14(c).)
Si deseas protestar, debes hacerlo a una distancia segura de los tribunales y de las casas de los jueces o testigos, para no interferir con la justicia.
Debes mantenerte al menos a 300 pies de cualquier juzgado o de la residencia de los jueces, jurados o testigos.
Si no cumples, podrías enfrentarte a un delito menor de Clase 1, lo que puede llevar a multas o incluso a tiempo en la cárcel.
¿Necesita ayuda para analizar su caso?
Seguir Investigando →