Si alguien toma fotos o hace películas que son inapropiadas y las quiere compartir, eso es un problema. La ley dice que si lo haces, puedes meterte en problemas legales.
Es como si estuvieras cocinando un platillo que sabes que no deberías servir a nadie. Aunque lo hagas en casa, si decides compartirlo, puedes causar problemas a otros y a ti mismo.
Imagina que Juan decide hacer una película con su amiga Ana, pero el contenido es muy inapropiado. Si Juan publica ese video en internet, ambos podrían enfrentar problemas legales por violar esta ley.
§ 14-190.5. Preparation of obscene photographs, slides and motion pictures. Every person who knowingly: (1) Photographs himself or any other person, for purposes of preparing an obscene film, photograph, negative, slide or motion picture for the purpose of dissemination; or (2) Models, poses, acts, or otherwise assists in the preparation of any obscene film, photograph, negative, slide or motion picture for the purpose of dissemination, shall be guilty of a Class 1 misdemeanor. (1971, c. 405, s. 1; 1985, c. 703, s. 5; 1993, c. 539, s. 123; 1994, Ex. Sess., c. 24, s. 14(c).)
Sí, la ley también aplica a aquellas personas que posan o ayudan en la creación de contenido obsceno, no solo a quienes lo filman o publican.
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