Cuando alguien comete un delito, como el robo de identidad, se puede juzgar en diferentes lugares. Por ejemplo, si la víctima vive en un lugar diferente al del delincuente, el juicio puede hacerse donde vive la víctima.
Es como si una pelea en una escuela se pudiera juzgar no solo en la escuela donde ocurrió, sino también en la casa de cualquiera de los involucrados, porque ambos son parte de la historia.
Imagina que Ana vive en Raleigh y su información personal es robada por Carlos, quien vive en Charlotte. Aunque Carlos nunca estuvo en Raleigh, el juicio por el robo de identidad de Ana podría hacerse en Raleigh porque allí es donde vive la víctima.
§ 14-113.21. Venue of offenses. In any criminal proceeding brought under G.S. 14-113.20, the crime is considered to be committed in the county where the victim resides, where the perpetrator resides, where any part of the identity theft took place, or in any other county instrumental to the completion of the offense, regardless of whether the defendant was ever actually present in that county. (1999-449, s. 1; 2005-414, ss. 2, 7.)
Se puede juzgar en el condado donde vive la víctima, el delincuente, o donde ocurrió alguna parte del delito.
No, el delincuente no necesita estar presente en ese condado para que se realice el juicio.
El juicio aún puede llevarse a cabo en el condado donde vive la víctima o el delincuente, dependiendo de los detalles del caso.
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