Si encuentras algo que parece perdido, no puedes quedártelo si sabes a quién pertenece. Solo se considera que lo robaste si conocías al dueño o tenías forma de averiguarlo.
Es como si encuentras un teléfono en la calle. Si lo ves y sabes que alguien lo dejó ahí y puedes averiguar a quién pertenece, no está bien quedártelo.
Imagina que Ana encuentra una billetera en el parque. Si dentro de la billetera hay una identificación con el nombre de Juan, Ana no puede quedársela porque sabe quién es el dueño. Pero si no hay nada que le indique a quién pertenece, podría argumentar que no sabía que era de alguien.
570.060 - Lost property. 570.060. Lost property. — 1. A person who appropriates lost property shall not be deemed to have stolen that property within the meaning of section 570.030 unless such property is found under circumstances which gave the finder knowledge of or means of inquiry as to the true owner. 2. The defendant shall have the burden of injecting the issue of lost property. (L. 1977 S.B. 60) Effective 1-01-79
Si no tienes forma de saber quién es el dueño, no se considera que lo hayas robado si decides quedártelo.
Lo correcto es intentar devolverla al dueño, especialmente si encuentras información que te ayude a identificarlo.
Si te acusan, puedes defenderte mostrando que no tenías conocimiento de quién era el propietario y que no había forma de averiguarlo.
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