Regulación de caminos privados abiertos al público en Míchigan

Michigan Vehicle Code · 257.601a

Explicación Simple

En Míchigan, si tienes un camino privado que cualquiera puede usar, puedes hacer un acuerdo para que la policía lo supervise. Eso significa que pueden asegurarse de que todos sigan las reglas de tránsito ahí.

Es como si tuvieras una cancha de baloncesto en tu patio y decides permitir que los vecinos jueguen. Puedes pedir ayuda a un árbitro para que se asegure de que todos jueguen de manera justa.

Ejemplo Práctico

Imagina que Juan tiene un camino privado que conecta su casa con la calle principal. Decide firmar un contrato con el municipio para que la policía pueda vigilar el camino, ya que ha habido problemas con autos que pasan rápido. Ahora, deben poner señales de tránsito para que todos sepan que deben respetar las reglas.

Texto Original del Estatuto (Inglés)

MCL 257.601a - Private road open to general public; contract Sec. 601a. (1) A county, city, township, or village may contract with a person who owns or is in charge of a private road that is open to the general public, at that person's request or with that person's consent, to enforce provisions of this act on that private road. (2) Subject to subsection (1) and section 906, a peace officer may enter upon a private road that is open to the general public to enforce provisions of this act if signs meeting the requirements of the Michigan manual of uniform traffic control devices are posted on the private road. (3) The owner or person in charge of a private road open to the general public who enters into a contract as described in subsection (1) is responsible for the cost and the posting of signs described in subsection (2). (4) This section does not affect a contract entered into between a county, city, township, or village and the person who owns or is in charge of a private road open to the general public before December 29, 2006.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo permitir que la policía supervise mi camino privado?

Sí, si tu camino está abierto al público, puedes hacer un contrato con el municipio para que la policía lo supervise y asegure el cumplimiento de las reglas.

¿Quién paga por las señales de tránsito en mi camino?

El dueño del camino privado que firme el contrato es responsable de los costos y de poner las señales de tránsito necesarias.

¿Esta ley afecta contratos anteriores a 2006?

No, esta sección no afecta los contratos que se hayan hecho antes del 29 de diciembre de 2006.

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