Esta ley dice que en Míchigan se pueden usar firmas electrónicas, pero hay algunas reglas que las limitan. No todas las notificaciones pueden enviarse por correo electrónico, así que hay que tener cuidado.
Es como cuando decides enviar una invitación a una fiesta. Puedes hacerlo por mensaje de texto, pero si es una invitación importante, como una boda, es mejor enviarla por correo tradicional para asegurarte de que llegue.
Imagina que Juan quiere firmar un contrato de alquiler por internet. Puede usar su firma electrónica, pero si el contrato menciona ciertos avisos que deben enviarse de otra manera, Juan no puede simplemente enviarlos por correo electrónico.
MCL 333.10123 - Electronic signatures or electronic delivery of notices Sec. 10123. This part modifies, limits, and supersedes the electronic signatures in global and national commerce act, 15 USC 7001 to 7031, but does not modify, limit, or supersede 15 USC 7001(a), or authorize electronic delivery of any of the notices described in 15 USC 7003(b).
No, hay ciertos documentos y avisos que no se pueden firmar electrónicamente. Es importante verificar cuáles son esos casos.
Si no sigues las reglas, tu firma o el aviso podrían no ser válidos, lo que podría ocasionar problemas legales.
Puedes consultar el código de salud pública de Míchigan o hablar con un abogado para entender mejor tus derechos y deberes.
¿Necesita ayuda para analizar su caso?
Seguir Investigando →