Si alguien está construyendo un edificio, debe poner baños temporales para los trabajadores. Si no lo hace, puede tener problemas legales.
Es como cuando organizas una fiesta en casa y dejas a tus amigos sin baño. Todos se incomodan y tú eres el responsable de que estén cómodos.
Imagina que Juan es un contratista que está construyendo un nuevo edificio de oficinas. Comienza el trabajo, pero no instala baños temporales para sus trabajadores. Después de una semana, la ciudad lo multa porque no cumplió con la ley que exige estos baños.
Es un delito menor para arquitectos y contratistas que no cumplan con la ley.
MCL 750.355 - Temporary water closets Sec. 355. Temporary waterclosets for workmen in buildings in course of constructionâAny architect who shall refuse, fail or neglect to insert a clause in the specifications for all buildings providing for suitable temporary water closets for the use of workmen employed on such buildings while in the course of erection, unless closets are already maintained on such premises; and any contractor or person erecting such building who shall refuse, fail or neglect to erect such closet within the first week after commencing work thereon, shall be guilty of a misdemeanor.
El arquitecto puede ser acusado de un delito menor por no cumplir con la obligación de incluir esta cláusula en las especificaciones.
El contratista debe instalar los baños temporales dentro de la primera semana después de comenzar la construcción.
La persona puede ser acusada de un delito menor, lo que implica posibles multas o sanciones.
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