Esta ley dice que una sustancia se clasifica como de la Lista IV si no es muy peligrosa, se usa médicamente y si su abuso solo causa un poco de dependencia. Es como tener un medicamento que puede ayudar, pero no es tan adictivo como otros.
Es como un coche que tiene una velocidad máxima moderada. No es tan rápido como un deportivo, pero tampoco es un coche de juguete. Te puede llevar a donde necesitas sin ser peligroso.
Imagina que Javier tiene una receta para un medicamento que está en la Lista IV. Lo usa para controlar su ansiedad y tiene un bajo riesgo de volverse adicto. Sin embargo, debe ser cuidadoso y seguir las indicaciones de su médico.
218A.100 Criteria for classification under Schedule IV. The Cabinet for Health and Family Services shall place a substance in Schedule IV if it finds that: (1) The substance has a low potential for abuse relative to substances in Schedule III; (2) The substance has currently accepted medical use in treatment in the United States; and (3) Abuse of the substance may lead to limited physical dependence or psychological dependence relative to the substances in Schedule III. Effective: June 20, 2005 History: Amended 2005 Ky. Acts ch. 99, sec. 535, effective June 20, 2005. -- Amended 1998 Ky. Acts ch. 426, sec. 478, effective July 15, 1998. -- Amended 1974 Ky. Acts ch. 74, Art VI, sec. 107(3). -- Created 1972 Ky. Acts ch. 226, sec. 11.
Significa que es considerada menos peligrosa que otras sustancias y tiene usos médicos aceptados, aunque aún puede causar dependencia.
Se evalúa su potencial de abuso, su uso médico aprobado en EE. UU. y el riesgo de dependencia que puede generar.
Aunque el riesgo de dependencia es bajo, el abuso puede llevar a problemas de salud y a consecuencias legales dependiendo de la situación.
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