Si tienes un carro y alguien tiene un préstamo sobre él, esa persona puede necesitar decirte información importante sobre ese préstamo. Si tú o un tercero lo piden por escrito, deben compartir detalles sobre el préstamo y el monto que se debe.
Es como cuando le pides a un amigo que te cuente cuánto debe por su teléfono a la tienda. Si le preguntas, él debe decirte lo que debe y a quién.
Imagina que Juan compró un coche y lo financió con un banco. Si su amigo Pedro quiere saber cuánto debe Juan al banco, puede pedirle a Juan que le diga esa información. Según la ley, Juan está obligado a compartir esos detalles si Pedro lo solicita por escrito.
40-3-57. Disclosure of information as to security interests and liens. The holder of any security interest or of any lien named in a certificate of title shall, on written request of the owner, or of another holder of any security interest or lien named in the certificate, or of an interested third party, or of the commissioner, disclose any pertinent information as to the security interest, the security agreement, and the debt secured thereby, and the lien and the amount for which it is claimed. (Ga. L. 1961, p. 68, § 26; Ga. L. 1962, p. 79, § 16; Ga. L. 1990, p. 2048, § 3.) <h4
Cualquier persona interesada, como el dueño del vehículo o alguien que tiene un interés de seguridad, puede solicitar esta información por escrito.
Se puede obtener información sobre el interés de seguridad, el acuerdo de seguridad y la deuda asegurada, así como el monto del gravamen.
La ley establece que el titular del gravamen debe proporcionar la información solicitada, pero no se mencionan penalidades específicas en el texto original.
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