Si a alguien le niegan un permiso para operar un transporte, no puede volver a pedirlo de inmediato. Debe esperar tres meses antes de intentar otra vez.
Es como si intentaras volver a entrar a una fiesta después de que te dijeron que no, y te dicen que debes esperar tres meses antes de intentarlo de nuevo.
Imagina que Juan solicita un certificado para su empresa de transporte, pero la solicitud es rechazada. Según la ley, Juan no podrá volver a solicitar el permiso hasta que pasen tres meses desde esa negativa.
40-1-111. Limitation upon reapplication for denied applicants. When an application for a motor carrier certificate under this part has been in whole or in part denied by the commissioner, or has been granted by the commissioner, and the order of the commissioner granting same has been quashed or set aside by a court of competent jurisdiction, a new application by the same petitioner or applicant therefor shall not be again considered by the department within three months from the date of the order denying the same or the judgment of the court quashing or setting aside the order. (Code 1981, § 40-1-111 , enacted by Ga. L. 2012, p. 580, § 1/HB 865.) <h3
Si te niegan la solicitud nuevamente, también deberás esperar tres meses desde la última negativa antes de poder volver a intentarlo.
Sí, puedes trabajar en mejorar tu solicitud o en reunir más información que respalde tu caso mientras esperas.
No, la ley establece un periodo fijo de tres meses que debes respetar, sin excepciones.
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