Reporte de vehículos almacenados o estacionados en Colorado

Colorado Title 42 - Vehicles and Traffic · C.R.S. 42-5-109

Explicación Simple

Si dejas un auto en un lugar por más de 30 días, la persona que maneja ese lugar debe informar sobre tu auto al estado. Si no lo hacen, pierden el derecho a cobrar por el almacenamiento del vehículo.

Es como cuando dejas tu bicicleta en la casa de un amigo por mucho tiempo; si tu amigo no sabe que está ahí, puede pensar que la olvidaste y hacer algo al respecto.

Ejemplo Práctico

Imagina que Carlos dejó su auto en el estacionamiento de un amigo por más de un mes. Su amigo, al no saber que Carlos todavía lo quiere, debe reportar el auto al estado para que no lo consideren abandonado. Si no lo hace, pierde el derecho a cobrarle a Carlos por el espacio.

Penalidades

Si no se presenta el reporte, se pierde el derecho a cobrar por el almacenamiento y se considera una infracción civil, con un nuevo delito por cada día que se incumpla.

Texto Original del Estatuto (Inglés)

C.R.S. 42-5-109 – Report of stored or parked motor vehicles Whenever any motor vehicle of a type subject to registration in this state has been stored, parked, or left in a garage, a trailer park, or any type of storage or parking lot for a period of over thirty days, the owner of such garage, trailer park, or lot shall report the make, engine number, vehicle identification number, and serial number of such motor vehicle in writing to the Colorado state patrol auto theft section, Denver, Colorado, and the sheriff of the county in which the garage, trailer park, or lot is located. Nothing in this section shall apply where arrangements have been made for continuous storage or parking by the owner of the motor vehicle so parked or stored and where the owner of said motor vehicle so parked or stored is personally known to the owner or operator of such garage, trailer park, or storage or parking lot. Any person who fails to submit the report required under this section at the end of thirty days forfeits all claims for storage of such motor vehicles; and commits a civil infraction; and each day’s failure to make such a report as required under this section shall constitute a separate offense. Source: Section 42-5-109 — Report of stored or parked motor vehicles - when , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-42.­pdf (accessed May 26, 2025).

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si mi vehículo está almacenado más de 30 días?

Si tu vehículo está en un lugar por más de 30 días, el dueño del lugar debe reportarlo al estado. Si no lo hace, pierde el derecho a cobrarte por el almacenamiento.

¿Qué información debe incluir el reporte?

El reporte debe incluir la marca, el número de motor, el número de identificación del vehículo y el número de serie del auto.

¿Existen excepciones a esta ley?

Sí, no se aplica si el dueño del vehículo ha hecho arreglos para almacenamiento continuo y el dueño del lugar lo conoce personalmente.

¿Necesita ayuda para analizar su caso?

Seguir Investigando →