Si vendes maquinaria especial, debes avisarle al comprador que necesita estar registrada. Si no lo haces, podrías tener problemas legales y multas.
Es como cuando un amigo te presta su auto, y tú le dices que necesita gasolina para funcionar. Si no se lo dices, podría quedarse varado y tú serías responsable.
Imagina que Juan tiene una empresa de construcción y decide vender una grúa especial. Antes de venderla, debe asegurarse de informar al comprador, María, que la grúa necesita estar registrada para poder usarla legalmente. Si no lo hace, podría enfrentar multas.
Si no se cumple, se considera una infracción de tráfico de clase B por cada maquinaria vendida sin aviso.
C.R.S. 42-3-127 – Sale of special mobile machinery A person who sells special mobile machinery in the ordinary course of business shall notify in writing the buyer of the machinery that the machinery is required to be registered under this article. A person who violates this section commits a class B traffic infraction for each item of special mobile machinery sold without such a notice. Source: Section 42-3-127 — Sale of special mobile machinery , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-42.­pdf (accessed May 26, 2025).
La ley se aplica a la maquinaria móvil especial, como grúas y equipos de construcción que requieren registro.
Si no informas al comprador, puedes enfrentar una infracción de tráfico y multas por cada máquina vendida sin aviso.
Debes informar por escrito al comprador que la maquinaria necesita estar registrada antes de completar la venta.
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