Si alguien es acusado de violencia doméstica y se le ordena un tratamiento, tiene que pagar por eso. La cantidad que paga depende de cuánto dinero tiene. Es como cuando pagas por una suscripción y te cobran diferente según tu salario.
Es como ir al médico y que te cobren según tus ingresos. Si ganas poco, pagas menos; si ganas más, pagas más. Así, se busca que todos puedan acceder al tratamiento que necesitan.
Imagina que Juan fue acusado de violencia doméstica y el juez le ordenó asistir a un programa de tratamiento. Debido a su situación económica, Juan paga menos por el tratamiento que alguien con un salario más alto. Esto le permite recibir la ayuda necesaria sin que el costo sea una carga excesiva.
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C.R.S. 18-6-802.5 – Domestic violence Any defendant who is sentenced to a treatment program pursuant to section 18-6-801 or who is ordered to complete an evaluation pursuant to section 18-6-801 (1) shall pay for the evaluation and treatment programs on a sliding fee basis, as provided in the standardized procedures for the treatment evaluation of domestic violence offenders and the guidelines and standards for a system of programs for the treatment of domestic violence offenders adopted by the domestic violence offender management board pursuant to section 16-11.8-103 , C.R.S. Source: Section 18-6-802.5 — Domestic violence - treatment programs , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-18.­pdf (accessed May 26, 2025).
Es posible que el tribunal evalúe tu situación financiera y ajuste el costo del tratamiento. Es importante comunicarte con el programa para buscar opciones.
Sí, si un juez ordena que asistas a un tratamiento por violencia doméstica, es obligatorio completarlo para cumplir con la sentencia.
La evaluación generalmente implica entrevistas y cuestionarios para entender la situación y determinar el mejor tratamiento para el agresor.
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