Si alguien ha sido víctima de un crimen y hay pruebas de ADN que le pertenecen, esa persona puede pedir al fiscal que revise si puede recuperar esas pruebas. Si el fiscal dice que sí, entonces puede solicitar al juez que las devuelva.
Es como cuando prestas un libro a un amigo y luego decides que quieres volver a leerlo. Le pides a tu amigo que te lo devuelva y, si está de acuerdo, te lo regresa.
Imagina que Ana fue víctima de un robo y la policía tomó muestras de ADN en la escena. Ahora que el caso ha avanzado, Ana siente que esas pruebas son suyas y le pide al fiscal que las devuelva. Si el fiscal está de acuerdo, presentará una solicitud al juez para que Ana pueda recuperar las muestras.
C.R.S. 18-1-1107 – Victim request for disposition of DNA evidence In a case described in section 18-1-1102 (1), if DNA evidence is being held that is the property of the victim, as defined in section 24-4.1-302 (5), C.R.S., of the crime, the victim may request the district attorney to review whether the DNA evidence may be returned. If the district attorney determines the DNA evidence may be returned, the district attorney may file a petition with the court for the return of the DNA evidence. The district attorney shall provide notice to the defendant of the petition. Upon the filing of the petition, the timing and procedures of section 18-1-1105 shall apply. Source: Section 18-1-1107 — Victim request for disposition of DNA evidence - procedures , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-18.­pdf (accessed May 26, 2025).
La solicitud puede ser hecha por la víctima del crimen, quien tiene derecho a pedir que se revisen las pruebas de ADN que le pertenecen.
Si el fiscal determina que las pruebas no pueden ser devueltas, la víctima no podrá recuperarlas y deberá seguir las instrucciones del fiscal.
El fiscal revisará la solicitud y, si decide que las pruebas pueden ser devueltas, presentará una petición ante el juez para que se autorice la devolución.
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