Esta ley dice que los acuerdos que hacen las parejas antes de casarse cuentan solo si se firmaron después del 1 de julio de 2014. Si firmaron antes, no se ven afectados por esta ley. También hay reglas sobre acuerdos que necesitan aprobación de un juez.
Es como cuando tienes un contrato para comprar un coche. Si firmaste un contrato antes de una nueva ley sobre la compra de coches, ese contrato sigue siendo válido aunque la ley haya cambiado.
Imagina que Laura y Miguel se casan en 2015 y firman un acuerdo prematrimonial. Todo lo que acordaron es válido según la nueva ley. Sin embargo, si sus amigos Ana y Carlos firmaron un acuerdo en 2013, ese acuerdo no se ve afectado por esta ley, y debe seguir las reglas anteriores.
C.R.S. 14-2-303 – Scope (1) This part 3 applies to a premarital agreement or marital agreement signed on or after July 1, 2014. (2) This part 3 does not affect any right, obligation, or liability arising under a premarital agreement or marital agreement signed before July 1, 2014. (3) This part 3 does not apply to: (a) An agreement between spouses which affirms, modifies, or waives a marital right or obligation and requires court approval to become effective; or (b) An agreement between spouses who intend to obtain a marital dissolution or court-decreed legal separation which resolves their marital rights or obligations and is signed when a proceeding for marital dissolution or court-decreed legal separation is anticipated or pending. (4) This part 3 does not affect adversely the rights of a bona fide purchaser for value to the extent that this part 3 applies to a waiver of a marital right or obligation in a transfer or conveyance of property by a spouse to a third party. Source: Section 14-2-303 — Scope , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-14.­pdf (accessed May 26, 2025).
Si firmaste un acuerdo prematrimonial o matrimonial antes del 1 de julio de 2014, no se aplica esta nueva ley a tu caso. Tu acuerdo sigue vigente según las reglas anteriores.
No todos los acuerdos necesitan la aprobación de un juez, pero sí aquellos que cambian derechos o obligaciones importantes entre los cónyuges.
La ley no afecta los derechos de un comprador que adquiere una propiedad de una pareja. Si uno de los esposos renuncia a un derecho, eso se puede transferir a un tercero sin problemas.
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