Si un juez en Colorado tiene que decidir sobre la custodia de un niño, puede considerar decisiones tomadas en otros países como si fueran hechas en Estados Unidos. Pero, si esas decisiones no respetan los derechos humanos, el juez no tiene que seguirlas.
Es como cuando un árbitro de fútbol tiene que decidir si una jugada fue válida. Si el árbitro ve que la regla no se cumplió en otro partido de otro país, puede decidir que esa jugada no cuenta.
Imagina que Ana, que vive en Colorado, se muda a México con su hijo después de separarse de su pareja. Si un juez mexicano decide sobre la custodia y sigue las mismas reglas que en Colorado, ese fallo será respetado aquí. Pero, si el juez mexicano toma una decisión que no respeta los derechos de Ana, el juez en Colorado podría ignorar esa decisión.
C.R.S. 14-13-104 – International application of article (1) A court of this state shall treat a foreign country as if it were a state of the United States for the purpose of applying this part 1 and part 2 of this article. (2) Except as otherwise provided in subsection (3) of this section, a child-custody determination made in a foreign country under factual circumstances in substantial conformity with the jurisdictional standards of this article must be recognized and enforced under part 3 of this article. (3) A court of this state need not apply this article if the child-custody law of a foreign country violates fundamental principles of human rights. Source: Section 14-13-104 — International application of article , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-14.­pdf (accessed May 26, 2025).
Si la decisión sigue las reglas de Colorado, el juez aquí la aceptará. Pero si no respeta derechos humanos, no tiene que hacerlo.
La decisión debe cumplir con los estándares de custodia establecidos en Colorado para ser aceptada.
Son normas básicas que protegen a las personas, como el derecho a ser tratadas con respeto y dignidad.
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