Esta ley comenzó a aplicarse el 1 de enero de 1972. Esto significa que solo se aplica a los casos que se inician después de esa fecha. Los casos que comenzaron antes siguen las reglas antiguas.
Es como si una nueva regla en un juego de fútbol solo comenzara a contar desde un nuevo año, y todos los partidos jugados antes de esa fecha siguieran las reglas viejas.
Imagina que Juan y María están en medio de un proceso de divorcio y lo iniciaron en diciembre de 1971. La ley que se aplicará a su caso será la que estaba vigente antes de 1972, mientras que un caso similar iniciado por Ana y Carlos en enero de 1972 se regirá por las nuevas reglas.
C.R.S. 14-10-133 – Effective date This article shall take effect January 1, 1972, and shall apply only to actions affected by this article which are commenced on or after such date; all such actions commenced prior to said date shall be governed by the laws then in effect. Source: Section 14-10-133 — Effective date - applicability , https://leg.­colorado.­gov/sites/default/files/images/olls/crs2024-title-14.­pdf (accessed May 26, 2025).
La ley comenzó a aplicarse el 1 de enero de 1972. Cualquier caso iniciado después de esa fecha debe seguir esta nueva ley.
Los casos que comenzaron antes del 1 de enero de 1972 se regirán por las leyes que estaban vigentes en ese momento.
Sí, esta ley se aplica a todos los asuntos familiares que se inicien después de la fecha de vigencia.
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