Si te suspenden o revocan tu licencia de conducir, debes devolverla a la autoridad. No puedes seguir usando tu licencia si ya no es válida.
Es como cuando te prestan un libro y, si lo pierdes, debes devolver el dinero. Si tu licencia ya no sirve, tienes que devolverla.
Imagina que Juan recibe una notificación de que su licencia ha sido suspendida por exceso de velocidad. Al recibir la carta, debe ir a la oficina de tráfico y entregar su licencia, para no usarla mientras está suspendida.
Vehicle Code - VEH DIVISION 2. ADMINISTRATION [1500 - 3093] ( Division 2 enacted by Stats. 1959, Ch. 3. ) CHAPTER 2.5. Licenses Issued by California Highway Patrol [2500 - 2574] ( Chapter 2.5 added by Stats. 1968, Ch. 1309. ) ARTICLE 5. Denial, Suspension and Revocation [2540 - 2549] ( Article 5 added by Stats. 1968, Ch. 1309. ) 2545. Upon the effective date of any order of suspension or revocation of any license governed by this chapter, the licensee shall surrender the license to the commissioner. (Added by Stats. 1968, Ch. 1309.)
La duración depende de la razón de la suspensión. Puedes consultar con la autoridad para obtener detalles específicos.
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