Esta ley dice que un tribunal puede juzgar a alguien por un delito si se hizo alguna acción hacia ese delito en su área, si la persona pasó por ahí para cometerlo, o si fue arrestada allí. Es como si un profesor puede dar una falta a un alumno si lo vio hacer algo malo en la escuela.
Es como cuando estás cocinando y derramas un ingrediente en la mesa: aunque el desastre ocurriera en la mesa, el plato final se verá afectado por lo que hiciste en la cocina.
Imagina que Juan y Pedro planean robar una tienda. Si Juan entra a la tienda en California para preparar el robo, o si Pedro pasa por el estado en camino al robo y luego es arrestado, ambos pueden ser juzgados en California por ese plan, aunque no hayan completado el robo.
Penal Code - PEN PART 2. OF CRIMINAL PROCEDURE [681 - 1620] ( Part 2 enacted 1872. ) TITLE 3. ADDITIONAL PROVISIONS REGARDING CRIMINAL PROCEDURE [777 - 883] ( Heading of Title 3 amended by Stats. 1951, Ch. 1674. ) CHAPTER 1. Of the Local Jurisdiction of Public Offenses [777 - 795] ( Chapter 1 enacted 1872. ) 795. The jurisdiction of a violation of Sections 412, 413, or 414, or a conspiracy to violate any of said sections, is in any competent court within the jurisdictional territory of which: First. Any act is done towards the commission of the offense; or, Second. The offender passed, whether into, out of, or through it, to commit the offense; or, Third. The offender is arrested. (Amended by Stats. 1951, Ch. 1674.)
Tener jurisdicción significa que un tribunal tiene el derecho legal de juzgar un caso. Es como tener la autoridad para decidir si alguien hizo algo malo en un lugar específico.
Sí, si estabas en California y cometiste o intentaste cometer un delito mientras estabas allí, el tribunal puede juzgarte, incluso si solo pasaste por el estado.
Si cometes un delito en otro estado, normalmente serás juzgado en ese estado. Sin embargo, si tu acción tuvo efectos en California, podría haber complicaciones legales.
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