Esta ley permite que las prisiones en California vendan productos de agricultura y ganadería. Sin embargo, hay algunas reglas que deben seguir para hacerlo.
Es como cuando una familia cultiva verduras en su patio y decide venderlas en su vecindario, pero deben seguir ciertas reglas del lugar donde viven.
Imagina que en una prisión de California, los internos cultivan tomates. Según esta ley, pueden vender esos tomates a personas fuera de la prisión, siempre siguiendo las reglas establecidas por la autoridad correspondiente.
Penal Code - PEN PART 3. OF IMPRISONMENT AND THE DEATH PENALTY [2000 - 10008] ( Part 3 repealed and added by Stats. 1941, Ch. 106. ) TITLE 1. IMPRISONMENT OF MALE PRISONERS IN STATE PRISONS [2000 - 3105] ( Title 1 repealed and added by Stats. 1941, Ch. 106. ) CHAPTER 6. Sale of Prison-Made Goods [2800 - 2891] ( Heading of Chapter 6 renumbered from Chapter 7 by Stats. 1941, Ch. 893. ) ARTICLE 1. Prison Industry Authority [2800 - 2818] ( Article 1 added by Stats. 1982, Ch. 1549, Sec. 28. ) 2814. Notwithstanding any provision of this chapter, products and byproducts of agricultural and animal husbandry enterprises, except nursery stock, may be sold to private persons, at public or private sale, under rules prescribed by the board. (Added by Stats. 1983, Ch. 1150, Sec. 3.)
Se pueden vender productos y subproductos de agricultura y ganadería, excepto plantas de vivero. Esto incluye cosas como frutas, verduras y productos animales.
Las reglas para la venta de productos agrícolas son establecidas por la junta que supervisa la industria de prisiones.
Sí, las prisiones pueden vender estos productos a personas privadas, ya sea en ventas públicas o privadas, siempre que sigan las reglas establecidas.
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