En California, los menores pueden tomar decisiones sobre su salud sin necesidad de que sus padres digan que sí. Esto significa que si un joven necesita atención médica, puede decidir por sí mismo.
Es como cuando un adolescente decide qué comer en un restaurante sin pedir permiso a sus padres. Tienen la libertad de elegir lo que creen que es mejor para ellos.
Imagina que Ana, de 16 años, se siente mal y necesita ver a un médico. Ella puede ir sola al consultorio y decidir recibir tratamiento sin que su mamá tenga que estar presente o dar su aprobación.
Family Code - FAM Section 6920 Family Code - FAM DIVISION 11. MINORS [6500 - 7143] ( Division 11 enacted by Stats. 1992, Ch. 162, Sec. 10. ) PART 4. MEDICAL TREATMENT [6900 - 6930] ( Part 4 enacted by Stats. 1992, Ch. 162, Sec. 10. ) CHAPTER 3. Consent by Minor [6920 - 6930] ( Chapter 3 enacted by Stats. 1992, Ch. 162, Sec. 10. ) 6920. Subject to the limitations provided in this chapter, notwithstanding any other provision of law, a minor may consent to the matters provided in this chapter, and the consent of the minor’s parent or guardian is not necessary. (Enacted by Stats. 1992, Ch. 162, Sec. 10. Operative January 1, 1994.)
Los menores pueden consentir tratamientos médicos relacionados con su salud, como atención médica general, salud mental, y servicios de salud reproductiva.
No, los menores no están obligados a informar a sus padres sobre el tratamiento que decidan recibir.
Sí, aunque los menores pueden consentir, hay algunas limitaciones específicas en la ley que se deben considerar.
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