Aplicación de Órdenes de Protección en California

California Family Code · CA FAM 6402

Explicación Simple

Si alguien tiene una orden de protección de otro estado, puede hacer que se respete en California. Esto significa que un juez aquí puede ayudar a hacer cumplir esa orden, incluso si no es exactamente igual a lo que se haría normalmente en California.

Es como cuando un amigo te presta su bicicleta. Si te dice que la cuides, y luego vas a otra ciudad y alguien la daña, tú puedes pedir ayuda a los locales para que lo solucionen, porque esa promesa sigue siendo válida en cualquier lugar.

Ejemplo Práctico

Imagina que María, que vive en California, tiene una orden de protección contra su expareja que obtuvo en Texas. Si su expareja la acosa en California, María puede ir a un tribunal en California y pedir que se haga cumplir esa orden, para que la protejan como si fuera una orden local.

Texto Original del Estatuto (Inglés)

Family Code - FAM Section 6402 Family Code - FAM DIVISION 10. PREVENTION OF DOMESTIC VIOLENCE [6200 - 6460] ( Division 10 repealed and added by Stats. 1993, Ch. 219, Sec. 154. ) PART 5. UNIFORM INTERSTATE ENFORCEMENT OF DOMESTIC VIOLENCE PROTECTION ORDERS ACT [6400 - 6409] ( Part 5 added by Stats. 2001, Ch. 816, Sec. 3. ) 6402. (a) A person authorized by the law of this state to seek enforcement of a protection order may seek enforcement of a valid foreign protection order in a tribunal of this state. The tribunal shall enforce the terms of the order, including terms that provide relief that a tribunal of this state would lack power to provide but for this section. The tribunal shall enforce the order, whether the order was obtained by independent action or in another proceeding, if it is an order issued in response to a complaint, petition, or motion filed by or on behalf of an individual seeking protection. In a proceeding to enforce a foreign protection order, the tribunal shall follow the procedures of this state for the enforcement of protection orders. (b) A tribunal of this state may not enforce a foreign protection order issued by a tribunal of a state that does not recognize the standing of a protected individual to seek enforcement of the order. (c) A tribunal of this state shall enforce the provisions of a valid foreign protection order which govern custody and visitation, if the order was issued in accordance with the jurisdictional requirements governing the iss

Preguntas Frecuentes

¿Puedo hacer valer una orden de protección de otro estado en California?

Sí, puedes hacer valer una orden de protección de otro estado en California. Los tribunales aquí están obligados a respetar y hacer cumplir esas órdenes válidas.

¿Qué pasa si el estado que emitió la orden no permite que la persona protegida la haga cumplir?

En ese caso, el tribunal de California no podrá hacer cumplir la orden. Es importante que la orden sea válida en el estado que la emitió.

¿Las órdenes de protección extranjeras también cubren la custodia de los hijos?

Sí, si la orden de protección extranjera incluye aspectos sobre la custodia y fue emitida correctamente, el tribunal de California la hará cumplir en esos aspectos.

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